¿Una trimoto o moto eléctrica necesita placa y licencia en Perú?

Respuesta corta: Sí, si es de categoría L. Desde el 2 de agosto de 2026, las motos y bicimotos eléctricas de categoría L deben tener placa, licencia de conducir B2, SOAT, tarjeta de propiedad y revisión técnica. Solo los vehículos de movilidad personal unipersonales y limitados a 25 km/h quedan fuera de esa exigencia.

Datos clave

Vigencia2 de agosto de 2026 (Gestión – Nueva normativa para motos eléctricas)
RequisitosPlaca, licencia B2, SOAT, tarjeta de propiedad, revisión técnica (Gestión – Nueva normativa para motos eléctricas)
Multa sin licenciaS/ 2,750 (Gestión – Nueva normativa para motos eléctricas)
Multa sin placa o sin SOATS/ 660 cada una (Gestión – Nueva normativa para motos eléctricas)

¿Qué pasa con las de dos plazas o más potencia?

Las motos eléctricas de mayor potencia o que llevan dos personas deben cumplir los mismos requisitos que una motocicleta tradicional.

¿Hay cambios en la placa?

El MTC postergó hasta el 30 de noviembre de 2026 algunos cambios de la placa única para motos y vehículos menores; mientras tanto se usa la placa vigente.

Fuentes

Consultadas el 7 de noviembre de 2026. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un agente de aduana.

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