¿Cuánto es la percepción del IGV en la primera importación?

Respuesta corta: 10 % del valor, según el Decreto Legislativo 1714, vigente desde el 2 de marzo de 2026. Se aplica en casos como la primera importación o cuando la declaración no consigna RUC. Es un adelanto del IGV que luego se puede aplicar, pero exige más liquidez en el primer contenedor.

Datos clave

NormaDecreto Legislativo 1714 (Infobae – Percepción de 10 % del IGV)
VigenciaDesde el 2 de marzo de 2026 (Infobae – Percepción de 10 % del IGV)
Tasa10 % (aplicación excepcional) (Infobae – Percepción de 10 % del IGV)

¿A quién se aplica el 10 %?

Según la nota de Infobae sobre el DL 1714: a quienes realizan su primera importación, a declaraciones sin RUC, a contribuyentes con dos periodos sin declarar en los últimos 12 meses y a sujetos calificados sin capacidad operativa.

¿Cómo reducir el impacto?

Si es su primera importación, considere importar a través de un importador con historial y RUC activo, o prevea en su flujo de caja el adelanto del 10 % además del IGV e IPM.

Fuentes

Consultadas el 7 de noviembre de 2026. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un agente de aduana.

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